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El proceso inició en 2007, cuando la víctima, identificada como Belén, comenzó a colaborar en actividades de una congregación evangélica junto a su hermano. En ese contexto, durante una huelga docente que atrajo a familias al templo, el pastor Miguel Triviño cometió el primer abuso en un espacio interno de la iglesia. Según el testimonio corroborado por peritajes psicológicos, el agresor la aisló, la inmovilizó y consumó el acto, iniciando una serie de episodios similares que generaron secuelas duraderas en la salud mental, como trastornos alimentarios y riesgos suicidas documentados en informes forenses.

La denuncia formal se presentó en mayo de 2014, ante un juzgado de familia, en medio de un incidente de violencia doméstica que precipitó la revelación. Inicialmente, la fiscalía impulsó el procesamiento por abuso sexual con acceso carnal en figura continuada, respaldado por el relato persistente de la víctima y la declaración de su hermano, quien presenció conductas irregulares del acusado. Sin embargo, en los primeros meses de 2021, un tribunal de recursos revocó esa medida, cuestionando la credibilidad del testimonio y permitiendo que Triviño continuara su labor pastoral en otra jurisdicción, facilitado por un líder eclesial, Bolívar Santo, imputado por posible encubrimiento.

Esta revocación extendió las demoras inherentes a causas de violencia de género, donde las estadísticas judiciales indican que el 70% de los casos de abuso sexual tardan más de cinco años en resolverse, según datos del Ministerio Público Fiscal. La víctima, radicada en Buenos Aires y bajo tratamiento terapéutico continuo, enfrentó presiones adicionales, incluyendo amenazas al núcleo familiar y aislamiento comunitario, lo que subraya patrones de revictimización en entornos cerrados como instituciones religiosas.

El giro ocurrió con la ratificación del procesamiento en una decisión reciente del Juzgado de Recursos, firmada por el doctor Nelson Sánchez, que validó la solidez de las pruebas periciales y testimoniales. La fiscalía solicitó siete años de prisión efectiva, sin condicionalidad, y el juicio oral se fijó para el 20 de noviembre de 2025, en dos audiencias consecutivas. La defensa presentará 19 testigos, mientras la acusación cuenta con familiares y expertos en trauma. Medidas de protección, como la exclusión visual del acusado durante el testimonio, buscan mitigar el impacto emocional, un estándar en protocolos contra la violencia sexual.

Este avance representa un hito en la responsabilidad institucional, al exponer fallas en el apoyo comunitario y la influencia de redes eclesiales en procesos judiciales. La resolución podría incentivar denuncias pendientes, dado que informes preliminares sugieren conductas similares del imputado en contextos educativos. La expectativa de condena se basa en la consistencia probatoria, aunque persisten desafíos en la ejecución de sentencias en delitos históricos.

Autor: admin