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La estructura jurídica que rige en la provincia, se fundamenta en una ingeniería de doble instancia diseñada entre 2008 y 2009. De acuerdo con los documentos analizados, la Ley Provincial 3034 de Ética Pública estableció la obligatoriedad de presentar declaraciones juradas, pero simultáneamente sentó las bases para restringir su divulgación. Posteriormente, el Decreto 1119/09 funcionó como el instrumento técnico para consolidar el hermetismo informativo. Según explicaron especialistas en derecho administrativo, esta reglamentación segmentó la información en dos categorías, lo que impide a la ciudadanía realizar una auditoría directa sobre la evolución de los activos de quienes administran recursos estatales.

El sistema santacruceño opera bajo un formato dual que separa los datos filiatorios de los activos financieros. La denominada Declaración Jurada de carácter Público se limita a exponer el nombre, cargo y jurisdicción del declarante, omitiendo cualquier referencia a su solvencia económica o propiedades. Por otra parte, se constituyó el Anexo Reservado, documento que concentra la información patrimonial sustantiva. Allí deben constar las valuaciones de inmuebles, saldos bancarios, tenencia de moneda extranjera y participaciones societarias. Esta documentación se resguarda bajo estricta confidencialidad por la Subsecretaría de Ética Pública, actuando como un depósito de acceso restringido que solo certifica la entrega del sobre, pero no su contenido.

La normativa vigente en la provincia estipula que el contenido sensible solo puede ser revelado bajo dos escenarios específicos. El primero requiere la orden de un juez competente en el marco de una causa penal por presuntos delitos contra la administración pública. El segundo se limita a investigaciones administrativas internas debidamente justificadas. Esta configuración excluye a la prensa y a los ciudadanos particulares como sujetos habilitados para fiscalizar los datos. A diferencia de la Ley Nacional 25.188, el modelo de Santa Cruz impide el escrutinio preventivo y la detección temprana de posibles casos de enriquecimiento ilícito.

La opacidad se extiende a la máxima autoridad provincial. Informes elaborados entre finales de 2024 y principios de 2026 sitúan al gobernador Claudio Vidal dentro del grupo de mandatarios que no publican sus activos. Según las gestiones realizadas ante la autoridad de aplicación, las solicitudes de información sobre el patrimonio del mandatario son derivadas a su secretaría privada, lo que bloquea el acceso efectivo a los datos.

Actualmente, no existe una lista oficial consolidada que identifique a los legisladores o intendentes que han cumplido con la norma. La Subsecretaría de Ética Pública pública los cronogramas de presentación mediante disposiciones como la 001/25, pero omite el listado de cumplidores e infractores. En este contexto, Santa Cruz se ubica entre las 12 provincias argentinas que mantienen las declaraciones bajo reserva, con un índice de transparencia que no supera el 60 por ciento según auditorías de organizaciones civiles. Por el momento, el sistema administrativo funciona como un resguardo institucional que garantiza que la evolución de los bienes oficiales permanezca fuera del alcance del debate público.

Autor: admin